Ecuador emite reglamento que legaliza el cambio de género en el documento de identidad

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El Gobierno de Ecuador emitió este miércoles, 12 de junio de 2024, el reglamento a las reformas a la Ley de identidad y datos civiles, mediante el cual se legaliza el cambio de género o sexo en el documento de identidad, un derecho que el Registro Civil del país deberá garantizar en el término de 120 días.

La Asamblea Nacional aprobó las reformas a la normativa el 12 de diciembre de 2023 y tras las modificaciones introducidas por el presidente, Daniel Noboa, en enero de 2024, el Gobierno expidió mediante Decreto Ejecutivo el reglamento a la Ley Orgánica de Gestión de la Identidad y Datos Civiles.

En el artículo 94 de la ley se reconoce que, “al cumplir la mayoría de edad y por una sola vez, la persona por su libre desarrollo de la personalidad e identidad podrá solicitar la rectificación de la mención de sexo o género«.

¿Qué se necesita?

Además, en el reglamento se explicita que para dicha modificación no se necesitan más requisitos que la declaración expresa de la persona interesada, en la que se indique el nombre propio, así como el sexo o género, con el que se sienta identificada.

En el documento se explica que el registro de género y la rectificación del sexo se puede solicitar a título personal, o bien a través de un tercero legalmente autorizado por medio de un poder especial.

Derecho a la autodeterminación

De este modo, las personas mayores de edad que lo deseen podrán solicitar al Registro Civil el cambio de sexo, que es el término que se recoge en la actualidad en el documento de identidad nacional, pero también se podrá solicitar que en vez de la palabra “sexo”, conste el término “género”.

En este sentido, el documento oficial entiende el género como el conjunto de las características sociales, y por tanto construidas, que se asocian a las mujeres y a los hombres, a diferencia del sexo, que históricamente se ha relacionado con los genitales.

Asimismo, el reglamento detalla que también se podrán modificar los nombres propios de las personas como consecuencia del derecho a la autodeterminación, y especifica que estos cambios constarán también en el registro de nacimiento y en el Registro Personal Único, a excepción de la rectificación del sexo por género.

Este anuncio, aplaudido por organizaciones de colectivos trans y ‘queer’, así como por organismos internacionales, cumple con una sentencia de la Corte Constitucional que en 2017 impulsó esta reforma a favor del reconocimiento de una persona transexual, quien solicitó el cambio de sexo en su documento de identidad en la provincia de Manabí.

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